Anteriores al estado nacional, los “derechos de importación y exportación” fueron motivo de las más intensas y férreas pujas en la historia del país. Desde la disputa por el control de la aduana en los albores del estado argentino, hasta la actual protesta del campo, estos gravámenes son sinónimo de conflicto y enfrentamiento. En 1853 la CN los consagra en su artículo 4 y, no casualmente, es el primer recurso que se menciona al enumerar aquellos que contribuyen al sostenimiento del estado nacional. Recurso exclusivo y excluyente de la nación, no integra la masa de ingresos que obligatoriamente deben redistribuirse a las provincias por la vía de la coparticipación federal. Para 2008 se estima que su peso relativo en el total de ingresos colectados por el estado nacional va a rondar el 17%. Unos 45.000 millones de pesos en tránsito directo y sin escalas al tesoro de la nación. Las provincias no los ven pero los sienten. De ahí buena parte del origen de la protesta de las provincias contra estos tributos, vulgarmente llamados “retenciones al comercio exterior”.
En este marco, veamos dos cuestiones centrales: desde un punto de vista económico para qué sirven (si sirven) y desde una perspectiva política, para qué resultaría deseable que sirvan.
La mirada desde la economía
Digámoslo rápido: bajo las condiciones actuales de incremento y volatilidad de los precios internacionales de los principales exportables argentinos (soja, maíz, trigo, aceites, minerales, combustibles, carnes), los derechos sobre el comercio exterior resultan un instrumento adecuando y eficiente a varios fines. A saber.
- Tienden a evitar que el alza de los precios internacionales se traslade al mercado doméstico y de ese modo ayudan a sostener el poder adquisitivo de la población.
- Generan un efecto redistributivo positivo, en tanto hacen que contribuyan en mayor medida al financiamiento del gasto público quienes más ganan.
- Mejoran la situación financiera del sector público, en tanto incrementan los ingresos y por ende el superavit y su potencial uso en pos de mejorar la calidad de vida del pueblo.
- En tanto tengan alícuotas diferenciadas y tratamientos diversos, constituyen un potente inductor de comportamientos deseables para los actores económicos; en virtud de lograr un uso racional de los recursos escasos y/o no renovables.
Sus detractores afirman que desalientan la inversión y promueven el estancamiento productivo. Este argumento es el mismo que arguyen ante cada impuesto, siempre que algún sector siente vulnerada la que considera su tasa de ganancia. En tanto existan márgenes de ganancia razonables, el argumento tiene más de ideológico y de protección de intereses que otra cosa.
La mirada desde la política
Esas virtudes, en una coyuntura como la actual, habilitan a pensar en al menos tres objetivos a conseguir en el marco de la vigencia de esta medida, a saber:
- Ampliar la base de sustentación del proyecto nacional, en tanto la cadena de valor del campo permite diferenciar tratamientos. Diferenciando la situaciòn de los pequeños y medianos productores, por ejemplo, y evitando la confrontación en bloque.
- Potenciar la infraestructura (vial, de transportes, tecnológica, etc.) que posibilite una reducción de los costos a largo plazo para el sector primario y la economía en su conjunto. Mediante la reasignación de parte de esos fondos a sectores y regiones que requieren ser potenciados con vistas al largo plazo y en el marco del sostén del crecimiento económico (que implica mayor producción, mejor tecnología, más volúmenes transportables, más y mejores servicios portuarios, etc.) y exigiendo a cambio el cumplimiento de compromisos de inversión y redistribución (en los salarios rurales, por ejemplo).
- Avanzar en las adecuaciones (reformas) tributarias que vayan generando las condiciones de sustentabilidad fiscal de largo plazo, atendiendo a las cuestiones pendientes que el país tiene en la materia: justicia distributiva; aliento a la inversión productiva y a los nuevos emprendimientos pymes; desaliento a la especulación y fortalecimiento del federalismo fiscal, al menos. Después de todo, ¿cómo no defender la captura de parte de la renta del suelo (y subsuelo) sin hacer lo propio con la financiera, tan generosamente tratada por nuestro sistema tributario?
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 15 de Marzo de 2008.